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¿Todavía no ha cancelado el Impuesto de Circulación? La fecha límite está cerca

27 de julio de 2026
¿Qué pasará si me detiene un PMT y no he pagado el impuesto de Circulación?
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La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) reiteró a los propietarios de vehículos que el próximo 31 de julio vence el plazo para cancelar el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV), por lo que instó a los contribuyentes a realizar el pago con anticipación para evitar sanciones y recargos.

De acuerdo con la entidad tributaria, quienes incumplan con esta obligación dentro del período establecido podrían enfrentar multas e intereses por mora. El monto del impuesto varía según las características de cada vehículo, incluyendo su modelo, año de fabricación y tipo de transporte.

Para facilitar el cumplimiento de esta responsabilidad fiscal, la SAT mantiene habilitados distintos canales electrónicos. Uno de ellos es el portal Declaraguate, donde los usuarios pueden generar el formulario correspondiente ingresando los datos de la placa, el Número de Identificación Tributaria (NIT) del propietario y, cuando aplique, el número de tarjeta de circulación. Posteriormente, el pago puede efectuarse en bancos autorizados o mediante servicios de banca en línea.

Otra alternativa es la Agencia Virtual de la SAT. A través de esta plataforma, los contribuyentes pueden acceder a la sección de servicios tributarios, generar la boleta de pago y completar la transacción por medios electrónicos o en entidades bancarias autorizadas.

Las autoridades fiscales han recomendado no esperar a los últimos días del mes para realizar el trámite, ya que la alta demanda podría ocasionar inconvenientes en los sistemas o retrasos en el proceso de pago.

Según datos divulgados por la SAT, hasta el 9 de julio cerca del 46 % del parque vehicular registrado en el país ya había cumplido con el pago del impuesto correspondiente al presente año.

En cuanto a las sanciones, la institución recordó que el incumplimiento del pago del ISCV constituye una omisión tributaria. En estos casos, la multa puede alcanzar el equivalente al 100 % del impuesto adeudado, además de los intereses que se acumulen por cada día de atraso.

La SAT hizo un llamado a los propietarios de vehículos a verificar su situación tributaria y cumplir con esta obligación dentro del plazo establecido para evitar costos adicionales y posibles inconvenientes administrativos.