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Nacionales

Ejecutivo veta reformas al Código Procesal Penal y señala fallas técnicas

28 de octubre de 2026
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El Organismo Ejecutivo emitió el Acuerdo Gubernativo Número 173-2026, publicado este miércoles en el diario oficial, mediante el cual se veta de forma oficial el Decreto Número 23-2026, aprobado por el Congreso de la República el pasado 29 de septiembre. Dicha normativa planteaba reformas al Código Procesal Penal con el propósito declarado de garantizar una justicia pronta y fortalecer la prisión preventiva como medida excepcional.

Sin embargo, tras el análisis realizado en Consejo de Ministros, el Ejecutivo determinó que el articulado aprobado contiene vicios de inconstitucionalidad que vulneran la seguridad jurídica. Ante la imposibilidad de aplicar un veto parcial, el decreto fue devuelto al Legislativo con observaciones técnicas detalladas.

Los argumentos centrales del veto presidencial

  • Inclusión de normas derogadas: El Ejecutivo advirtió que el Decreto prohibía medidas sustitutivas para delitos de «violación calificada», una figura sustentada en el artículo 175 del Código Penal que fue expresamente derogada en 2009 por la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. Esto implicaba la utilización de un supuesta norma carente de vigencia jurídica.

  • Vacíos en las prohibiciones legales: Se detectó que el artículo correspondiente prohibía otorgar medidas sustitutivas a delitos enlistados «en el presente artículo», omitiendo por completo la enumeración de dichas medidas. Esta deficiencia dejaba a los órganos jurisdiccionales sin una referencia clara sobre qué conductas abarcaba la prohibición.

  • Falta de certeza en las aplicaciones: La normativa establecía que entraría en vigor al día siguiente de su publicación, desatendiendo la doctrina constitucional sobre la razonabilidad y previsibilidad de las leyes.

  • Ausencia de disposiciones transitorias operativas: El decreto creaba la Unidad de Control de Medidas de Coacción bajo la adscripción de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y reformaba los supuestos de cesación del encarcelamiento. No obstante, omitió fijar plazos y previsiones presupuestarias u operativas para su organización, lo que generaría una brecha insostenible entre las nuevas obligaciones legales y la capacidad real del sistema de justicia.

El futuro del decreto en el Congreso

Con la publicación de este acuerdo en el diario oficial y la devolución formal del expediente al Organismo Legislativo, el Congreso deberá evaluar los argumentos de inconstitucionalidad expuestos por el Ejecutivo para decidir si archiva la normativa o subsana los vacíos técnicos señalados.